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En nuestro país, el parlamentarismo que imperó desde 1891 hasta 1925 no es, en sentido estricto, un verdadero sistema parlamentario, que se caracteriza por poseer pocos partidos políticos y la existencia de un primer ministro o jefe de gobierno. Esto se debió a que nunca se estableció formalmente en la Constitución el cargo de primer ministro, la disolución de la Cámara Baja o de Diputados, la clausura del debate y las interpelaciones. Así, solo se caracterizó por el predominio plutocrático y la completa anulación del poder Ejecutivo.

Además, el abuso del Congreso fomentaba la búsqueda de alianzas políticas y la práctica del cohecho. Junto a esto último, también se practicó el fraude electoral, siendo común la usurpación de registros, la suplantación de electores y la falsificación de votos.

Lo que sí hizo el Parlamento, fue aprobar dos leyes que contribuyeron a anular la autoridad del presidente de la República:

– Comuna autónoma: esta ley desligaba al poder Ejecutivo de la administración de las comunas. Los miembros de las municipalidades eran elegidos por voto popular y duraban tres años en el cargo.

– Incompatibilidades parlamentarias: esta ley impedía que una persona pudiera tener un cargo en el Congreso y desempeñar simultáneamente un empleo en el servicio público.

 


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